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¿Sabía usted que NO EXISTEN FUNDAMENTOS EN LA TEOLOGÍA TRADICIONAL para justificar la Comunión en la mano? Ya San Sixto I, Papa (115-125) prohibe a los laicos tocar los vasos sagrados (Mansi 1, 653). Con mayor razón hubo de prohibir la Comunión en la mano. En la época de San Justino (100-166) sólo los diáconos dan la Comunión a los fieles (Apología 1, 65,5). Este uso es confirmado por la Didajé (15,1) y por S. Ignacio de Antioquia (+107). El Papa San Eustaquio (275-283) en su "Exhortación a los sacerdotes" decreta que "nadie tenga la presunción de hacer llevar la Comunión por un laico o una mujer a un enfermo" (Patrol. La. 5, 165). San Basilio (329-379) en carta del año 372, no permite la Comunión en la mano salvo en alguna situación extraordinaria como en caso de persecución (Ep. 93, Patrol. Griega, 332, 483,6). San Jerónimo (347-420), secretario del Papa San Dámaso, aplica la Doctrina Bíblica (Ex 19,5; I Sam 21,5) para descalificar la Comunión en la mano: "Si quienes habían estado con sus esposas no podían comer los panes de la Proposición... ¿Cuánto menos podrá ser violado y tocado por ellos aquel Pan que bajó del Cielo?" (C. de Panm., 49,15). En el Sínodo de Roma del año 404, celebrado bajo el Papa Inocencio I (401-417) se impone el rito de la Comunión en la lengua (Mansi X, 49,15). El Papa San León I "El Grande" (440-461) recuerda en su "Sermon V" que el Santísimo Sacramento es recibido en la lengua (Patrología Latina, 54, 1385). El Papa San Agapito (535-536) curó milagrosamente a un sordomudo, cuya lengua se soltó al darle de comulgar en la boca (S. Greg. dial. III, 3). El Papa San Gregorio "El Grande" (590-604) daba la Comunión en la lengua (Patr. Latina, 75, 103). En el Sínodo de Rouen (649-653), siguiendo la línea observada en Roma, se prohibe Comulgar en la mano, y se amenaza a los sacerdotes que no cumplan estas disposiciones (Mansi X, 1199-1200). En el VI Concilio Ecuménico de Constantinopla (680-681) se prohibe a los fieles que comulguen por sí mismos, y se amenaza con la Excomunión a los que tengan la osadía de hacerlo (Mansi XI, 969). Sto. Tomás de Aquino, el "Doctor Angélico" nos dice: "Por reverencia a este Sacramento, ninguna cosa entra en contacto con Ella (La Eucaristía) a no ser que esté consagrada; por lo cual se consagran no solo el corporal sino también el Cáliz y, asimismo, las manos del Sacerdote, para tocar este Sacramento. De donde se deduce que a ningún otro le es lícito tocarlo" (Sum. T., III Q, 82, a, 3). Por eso dice S. Francisco de Asís: "Sólo ellos (los Sacerdotes) deben administrarlo, y no otros". (Carta 2ª a todos los fieles, 35). Estas prohibiciones son mantenidas por el Concilio de Trento (1545-1563) de carácter dogmático. Ya S. Agustín había advertido: "Sería una locura insolente el discutir qué se ha de hacer cuando toda la Iglesia universal tiene una práctica establecida...". (Carta 54, 6; a Jenaro).